Este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su INCOMPETENCIA para conocer de la presente Acción de Resolución de Contrato de Arrendamiento, incoada por la abogado Janett Duran, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 82.588, actuando en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos Robert Coriat Amar y Georges Coriat Amar, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nos. V- 3.496.242 y V- 2.945.073, respectivamente, en contra la sociedad mercantil Foto Estudio Remy`s, C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el Nº 41, Tomo 32-A-Sgdo., de fecha 01 de noviembre de 1989, en razón de la cuantía expresada en el libelo de demanda.
SEGUNDO:.....