Con fundamento en los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la figura de LA CONFESIÓN FICTA de la parte accionada, ciudadanos EMILIO ANTONIO OROPEZA MORENO, LIZ MARINA FERNÁNDEZ CÁCERES, ELENMAR REGINA FERNÁNDEZ CÁCERES, MARION ELENA FERNÁNDEZ CÁCERES, y MARIO JÓSE MALDONADO, surgida en el proceso, por cuanto no se configuraron los tres (3) requisitos en forma concurrente para que pudiere haber obrado la misma en su contra.
SEGUNDO: SIN LUGAR la ACCIÓN MERODECLARATIVA DE CONCUBINATO interpuesta por la ciudadana CARMEN RAMONA MALDONADO SOLÓRZANO contra los ciudadanos LIZ MARINA FERNÁNDEZ CÁCERES, ELENMAR REGINA FERNÁNDEZ CÁCERES, MARION ELENA FERNÁNDEZ CÁCERES, y MARIO JÓSE MALDONADO, representado por la cu.....