Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Vigésimo Sexto (26º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial de Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la ley, Declara Con Lugar la Acción Intentada, por el ciudadano VÍCTOR RAÚL ACCAMME LUNA, cédula de identidad N°V-24.774.739, contra la sociedad mercantil GRUPO BASTET HATILLO C.A. (RESTAURANT IL TESINO), domiciliada en la ciudad de Caracas: PRIMERO: Por concepto de Bono Nocturno, el 30% al que alude el artículo 156 de la Ley Orgánica del Trabajo, a cuyos efectos este Tribunal designará experto contable, quien efectuará los cálculos pertinentes, en la experticia complementaria del fallo. SEGUNDO: Por concepto de Horas Extras Nocturnas, el 30% al que alude el artículo 156 y 207 de la Ley Orgánica del Trabajo, a cuyos efectos este Tribunal designará experto contable, quien efectuará los cálculos pertinentes, .....