IV.- DISPOSITIVA
Por los razonamientos de hecho y de derecho que se dejan expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
UNICO: COMPETENTE por la cuantía para conocer del presente Juicio que por Cobro de Bolívares (Intimación) sigue la sociedad mercantil TRANE SERVICEFIRST C.A., contra la sociedad mercantil TECNO CONFORT MANTENIMIENTO C.A., el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, a quien se acuerda remitirle los autos, para que continúe con la tramitación del presente juicio; e INCOMPETENTE para conocer el Juzgado Sexto de Municipio de esta Circunscripción Judicial, a quien se le remitirá copia de la presente decisión.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, DÉJESE COPIA y REMÍTASE en su oportunidad l.....