IV
DECISIÓN
En virtud de los antes expuesto, este Juzgado Superior Tercero de Transición de Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la solicitud de nulidad interpuesta por los Abogados Carlos Pérez, Stalin Rodríguez y Rosángela Pérez, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 8.087, 58.660 y 36.280, actuando en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano WILFREDO FRANCISCO REODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 3.590.617, contra la República Bolivariana de Venezuela por órgano del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES.
1.- SE ANULA el acto administrativo de revocatoria contenido en la Resolución No. 819 de fecha 2 de diciembre de 1999, notificado mediante Oficio 626 de fecha 13 de marzo de 2000.
2.- SE ORDENA al Ministerio querellado el reconocimiento, a efe.....