Por recibida la solicitud de Separación de Cuerpos y Bienes, formulada por los ciudadanos EWELINA MAGDALENA JASZKOWSKA, de nacionalidad Polaca, Koszalin-Polonia, mayor de edad, de este domicilio, pasaporte No. BM6442270 y titular de la cédula de identidad No E-83.756.211, asistida por el ciudadano Freddy Tavares, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 71.624 y ALEJANDRO SIMON MOTA ESPOSITO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. 12.073.680, asistido por la abogada Ligia Milena Jarava de Pérez, abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 107.431 y examinados los recaudos de la misma, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta la Separación.....