En virtud de los razonamientos anteriormente expuesto, este Juzgado Sexto (6°) Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional ejercida por los ciudadanos MANUEL EDGARDO LUGO GARCÍA, JOSÉ ÁNGEL TORREALBA, LUIS ENRIQUE RODRÍGUEZ MUJICA, FRANKLIN STALIN ZAMBRANO SOLER, JORGE LUIS RODRÍGUEZ LA ROSA, JOEL JOSÉ RUÍZ BRITO, DAYANA MARÍA CASTILLO AMARO, JESÚS AUGUSTO BRAVO BARRETO y YOGLIS ENRIQUE URDANETA PÉREZ, mediante sus apoderados judiciales GERARDO HENRÍQUEZ CARABAÑO y, FRANCISCO SEIJAS RUÍZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 36.225 y 39.677, respectivamente, contra el auto dictado en fecha 01 de septiembre de 2021, por el Juzgado Trigésimo Noveno (39°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circuns.....