PRIMERO: Homologada la Transacción suscrita por las partes el ocho (08) de octubre de dos mil siete (2007), ante este Juzgado, de conformidad con lo establecido en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se suspende la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada por este Juzgado el trece (13) de julio del año mil novecientos noventa y nueve (1999), sobre un inmueble propiedad del demandado, constituído por el apartamento No. y letra 9-C, situado al note del noveno piso del Edificio denominado Residencias Trapiche, situado en la Segunda Avenida, Transversal 3-6-1-E de la Urbanización Montalbán II, en jurisdicción de la Parroquia La Vega y Antemano del Municipio Libertador del Distrito Capital, construído sobre la parcela No. 36-207, según el Plano General del Parcelamiento de la Unidad Vecinal No. 3 de dicha Urbanización, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se dan aquí por reproducidos, y se ordena oficiar lo conducente al Registrador.....