Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley Concede Fuerza Ejecutoria en el País, a la sentencia extranjera de divorcio asignada con el Nº 0374776C, dictada por el Tribunal Superior de Justicia, Sección Tribunal de Familia, de la ciudad de Ontario, Canadá, en fecha 20.09.2011, que disolvió el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos ANTONIO DI LUCIANO y FRANCISCA ALVARÉZ BENITEZ.
Déjese copia certificada de la presente sentencia, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 eiusdem.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Caracas, a los veintiséis días (26) del mes febrer.....