PRIMERO: El derecho al Abg. EDGAR ALBERTO DÍAZ CAMARILLO, plenamente identificado, en el cuerpo del presente fallo a cobrar HONORARIOS PROFESIONALES de abogado, por las gestiones realizadas al ciudadano Ignacio Sánchez García.
SEGUNDO: Por cuanto la parte demandada no se acogió al derecho de retasa en la oportunidad procesal correspondiente, el monto de los honorarios demandados queda firme.
TERCERO: Declara CON LUGAR la Demanda de Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales Extrajudiciales intentada por Edgar Alberto Díaz Camarillo, contra Ignacio Sánchez García, y la sociedad mercantil "Geos Medical, C.A.", inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Mirada, en fecha 13 de marzo de 1991, bajo el No. 66, Tomo 88, y en consecuencia, el demandado deberá cumplir con el pago de los Honorarios Profesionales Extrajudiciales Estimados e Intimados, lo cual asciende a Doscientos Mil Bolívares Fuertes (Bs.F. 200.000,00).
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