Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, en apego a las normas contenidas en los artículos 12, 242, 243, 244 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 26 y 257 de la Carta Magna, DECLARA:
Primero: SIN LUGAR el RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 03 de diciembre de 2021 y ratificado en fecha 20 de septiembre de 2022, por la ciudadana María Fabiana Jelambi Sarria, co-demandante, actuando en su propio nombre y representación, contra la decisión de fecha 23 de noviembre de 2021, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró, entre otras cosas, parcialmente con lugar la demanda.
Segundo:.....