En este orden de ideas, dadas las consideraciones que anteceden y analizados los documentos anexos a dicha solicitud, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 458 del Código Civil, y en concordancia con el articulo 772 del Código Civil, DECLARA CON LUGAR, la inserción de la partida de nacimiento de la ciudadana REBECA BRUNI LUCARELLI DE MOLINARO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 6.259.858, la cual nació en la Maternidad Concepción Palacios, el día trece (13) de Octubre de mil novecientos sesenta y seis (1.966) a las 06:43 p.m., hija de FILIPPO BRUNI FERRI y ELVIRA LUCARELLI DE BRUNI (fallecida), titulares de las Cédulas de Identidad números: E- 72.303 y E- 102.015, respectivamente, correspondientes a los libros de nacimiento del año de 1966, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Capital. Ofíciese a las Autoridades respectivas, a los fines de ley