Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, el recurso contencioso tributario interpuesto fecha 11 de enero de 2002, el abogado Manuel Iturbe, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.979.567, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 48.523, actuando en su carácter de apoderado judicial de la contribuyente PAPELES VENEZOLANOS, S.A. En consecuencia:
1) Se ANULA el acto administrativo contenida en la Resolución N° 1744 de fecha 05 de noviembre de 2001, dictado por la Gerencia General de Finanzas del Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE), y por consiguiente, las cantidades que se detallan a continuación:
i) La cantidad de CIENTO UN MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE BOLIVARES SIN CÉNTIMOS (Bs. 101.567.339,00), por concepto de aporte del 2% (numeral 1 del artículo 10 de la Ley sobre el INCE.
ii) .....