CON LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por el GRUPO TRANSBEL, C.A. sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 25 de junio de 1996, bajo el N° 03 Tomo 67 de los Libros de Autenticaciones llevados por dicha Notaría representada por los abogados en ejercicio Alfredo De Armas, Juan Carlos Fermín, Noemi Fischbach, Manuel Rincón, María Alejandra Molina, Listnubia Méndez, Alberto Pacheco, Gabriela López, Carlos Urbina f. y Bernardo Pisani Ruiz, abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 22.804, 28.535, 52.236, 71.805, 85.763, 59.196, 55.834, 117.967, 83.863 y 107.436, respectivamente. En consecuencia:
1. Se DECLARA la nulidad del acto administrativo contenido en la Resolución N° R-L-G-08-00121 de fecha 16 de octubre de 2008 emanado de la Dirección de Ingeniería Municipal de la Alcaldía del Municipio Autónomo Chacao del Estado Miranda y suscrita.....