PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho GABRIEL CEDENO PÉREZ, Defensor Público Penal Cuadragésimo Quinto (45°), en su carácter de Defensor de los ciudadanos DOMINGO HUMBERTO LALONDRIZ MEDINA y NEURY KARINA GARCÍA, de conformidad con lo establecido en el artículo 447 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, "contra la decisión dictada en fecha 28 de Octubre de 2012, por la Juez Vigésima Novena (29°) en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual DECRETA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra de los ciudadanos DOMINGO HUMBERTO LALONDRIZ MEDINA y NEURY KARINA GARCÍA, (ampliamente identificados en autos), por la presunta comisión de los delitos de TRAFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCIÓN EN MAYOR CUANTÍA, previsto y sancionado en el artículo 149 primer aparte de la Ley Orgánica de Drogas, el delito de ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR p.....