DISPOSITIVA
Con fuerza a todo la antes expuesto esta Sala Dos de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la Abogada ELIZABETH LICCIONI, Defensora Pública Vigésima Quinta (25º) Penal del Área Metropolitana de Caracas, defensa de los ciudadanos GILBER JOSE PINEDA DIAZ, JOSE ALFREDO BAES ALMEIDA y EDUARDO EMILIO VALERA MARICHALES, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Cuadragésimo Noveno (49º) de Primera Instancia en funciones de Control de este mismo Circuito Judicial Penal, de fecha 06 de Enero de 2012, mediante la cual decreto a los ciudadanos antes mencionados, Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad de conformidad con lo establecido en el articulo 250 en sus tres numerales y 251 numerales 2° y 3°, ambos del Código Orgánico Procesal, y en consecuencia C.....