V
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos:
1. Declara con lugar el recurso de apelación planteado de conformidad con lo previsto en el artículo 447.4 del Código Orgánico Procesal Penal, por la Defensora Pública Cuadragésima Séptima (47º) Penal abogada María Antonieta Acuña Balbas.
2. Revoca la decisión dictada el 25 de agosto del corriente, por el Juzgado Cuadragésimo Sexto (46º) de Primera Instancia en función de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó medida de privación judicial preventiva de libertad contra el ciudadano Ángulo Páez Rafael Alfonzo, con fundamento en los artículos 250.1.2.3, 251.2.3 y parágrafo primero del Código Orgánico Procesal.
3. Insta al Ministerio Público a realizar las investigaciones correspondien.....