Por todas las consideraciones, este JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Con lugar la apelación ejercido por la parte actora contra la decisión dictada por el Juzgado Décimo Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 26 de septiembre de 2007. SEGUNDO: Con lugar la solicitud de calificación de despido, incoada por la ciudadana SUYIN LESBIA RONDÓN RAMÍREZ, contra la empresa COMPUSERMAN INTERNATIONAL C.A., y se ordena a esta última a reenganchar a la demandante, en las mismas condiciones que se encontraba antes del despido, y a cancelar los salarios caídos desde la fecha de la notificación de la demandada, es decir, desde el 11.01.2006 hasta el efectivo reenganche, con la inclusión de los aumentos salariales a que hubiere .....