Por las consideraciones expuestas, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR el reclamo a la experticia complementaria del fallo presentada por la representación judicial de la parte actora. En consecuencia, se ordena a la parte demandada, BANESCO, BANCO UNIVERSAL, S.A.C.A. a cancelar a la parte actora, ciudadanos OLY MARÍA DEL VALLE RANGEL VELÁSQUEZ, CÉSAR AUGUSTO GONZÁLEZ AVILÁN (+), MARÍA AUXILIADORA DÍAZ ZERPA, FLOR ANGÉLICA BENICI SIMOZA FATTORE, GENARO COZZOLINO FRANCO, BASILIO MANRIQUE MARQUINA, IRÁN EMIR SALGADO SALGADO, LIGIA ESTHER GARCÍA SÁNCHEZ, CARMEN LUISA MOLINA MARTÍNEZ, ALIRIO RAMÓN BETANCOURT TIMAURE y MARÍA MARGOT BRICEÑO, la cantidad de SEIS MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO BOLÍVARES CON NOVENTA Y SE.....