......Por los motivos expuestos este CIRCUITO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, SALA DE JUICIO, JUEZ UNIPERSONAL Nº VII, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A, establecido en el Código Civil de Venezuela, incoada por los ciudadanos RAMON SEGUNDO D¿ JESUS HERNÁNDEZ y TANIA ELENA PEÑA DE D¿ JESUS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 5.115.854 y V- 6.901.439, respectivamente. Y en consecuencia Declara DISUELTO el Vinculo Matrimonial que los unía y que contrajeron por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Agustín, del Distrito Federal (hoy Distrito Capital), del Municipio Libertador del Área Metropolitana de Caracas, según consta de acta Nº 34, de fecha 25 de Abril de 1990. Así se decideDe conformidad con lo establecido en el artícul.....