Esta Sala de Juicio N° XIV del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA a los ciudadanos EMPV, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-6.366.529, ME, SdV, SCdAP, mayores de edad, venezolanas, titulares de la Cédula de Identidad Nº V-16.264.069, V-16.264.068 y V-18.357.520, respectivamente; la adolescente XXXXX y al niño XXXXX, como beneficiarios del De-Cujus PdAF. Cumplidas las presente actuaciones se ordena devolver todo documento original con sus resultas a la parte solicitante. Asimismo, se acuerda librar oficio a la Oficina de Atención al Público (O.A.P), a los fines de que se sirva entregar a las partes interesadas, todo documento original de la pre.....