En torno a lo precedentemente expuesto, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo, actuando en sede Constitucional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara la LITISPENDENCIA de la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados MAXIMINO ANTONIO ALVAREZ RENGIFO y LISBETH JUANA IRIARTE MENDOZA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 89.128 y 127.835, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano CÉSAR AUGUSTO RODRÍGUEZ ESTRADA, titular de la cédula de identidad Nº V.- 6.164.985, contra la Sociedad Mercantil "CONSTRUCTORA PEWEL C.A", inscrita en el Registro Mercantil Primero del Estado Aragua, en fecha 19 de febrero de 2001, bajo el Nº 03, Tomo 08-A, por la presunta violación de los derechos constitucionales contenidos en los artículos 87, 88, 89 y 93 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 3, 10 y 384 de la Ley Orgá.....