Vista la demanda y los recaudos anexos a la misma presentada por los ciudadanos Elio Quintero León y Fidel Gutiérrez, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 47.255 y 35.649, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de BANCO DEL CARIBE, C. A., BANCO UNIVERSAL, domiciliado en Caracas e inscrito en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda, el 1° de Junio de 2004, bajo el N° 50, Tomo 82-A-Sdo., este Tribunal la ADMITE cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, emplácese a la sociedad mercantil BRAMAN MOTORS L. P. EVANS MOTORS, C. A.,