Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en la solicitud de Divorcio incoada por los ciudadanos Raquel Sandoval Figueroa de Velásquez y Oscar Saniel Velásquez Pedraza, ya identificados, decide así:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio incoada por los ciudadanos Raquel Sandoval Figueroa de Velásquez y Oscar Saniel Velásquez Pedraza, cónyuges, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-15.079.006 el primero y V-12.234.107, respectivamente, y, en consecuencia, DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los une, el cual contrajeron el día ocho (08) de Junio de 1.990 por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio San Juan de Ureña, Distrito Pedro Maria Ureña, Estado Táchira, según se desprende de .....