D I S P O S I T I V A
Como consecuencia de los elementos de hecho y fundamentos de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN) sigue la Sociedad Mercantil GLOBOVISIÓN TELE, C.A., en contra de la Sociedad Mercantil MUNDO PARQUE C.A., DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la impugnación del poder conferido por la ciudadana GIOVANNA ROSAURA GAMMIERO MURGANO, en su carácter de Directora de la Sociedad Mercantil MUNDO PARQUE C.A., otorgado al abogado DAVID ROLANDO APONTE, suscrito ante la Notaría Pública Tercera del Municipio Sucre del Estado Miranda, en fecha 01 de febrero de 2013, inserto bajo el N° 29, Tomo 12.
Dada la naturaleza del presente fallo, no hay especial condenatoria en costas.