En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso ordinario de apelación ejercido en fecha 30 de noviembre de 2010, por la abogada MARLENE DEL CARMEN SÁNCHEZ NAVA actuando en su condición de apoderada judicial de la parte demandada sociedad mercantil ALUMINGLASS 2010, C.A., contra la decisión proferida en fecha 30 de septiembre de 2010, por el Juzgado Vigésimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual se confirma con la motivación aquí expuesta. SEGUNDO: HA LUGAR la demanda por desalojo impetrada por el ciudadano FRANCESCO SPOSARO CHILELLI contra la sociedad mercantil ALUMINGLASS 2010, C.A., y en consecuencia, se condena a la parte demandada a hacer entrega m.....