En consecuencia, este Juzgado declara que efectivamente existe un error material, en el Acta de Nacimiento identificada con el N°. 519, asentada en el folio 260, del año 1996, de los Libros de Defunción llevados por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Pastora, del Municipio Libertador del Distrito Capital; por lo cual se ordena su rectificación, en los siguientes términos: deberá dejarse constancia que la forma correcta de escribir el nombre de la difunta es TRAVYS MARGARITA HERNANDEZ MARTINEZ, y no TRAVIS MARGARITA HERNANDEZ MARTINEZ, como fue asentado inicialmente en la referida Acta de Defunción, asi como, se deje constancia que dejo una hija de nombre WEISLY CONCEPCION PEREZ HERNANDEZ, y no un hijo de nombre WEISLY CONCEPCION PEREZ HERNANDEZ.
En consecuencia, se ordena oficiar lo conducente al Registrador Civil de la Parroquia La Pastora, del Municipio Libertador del Distrito Capital y al Registrador Principal del Distrito Capital, para que se proceda de conformidad a lo.....