este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, conforme a lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO suficiente, a favor del ciudadano CHERRY GONZÁLEZ RAUSEO, antes identificado, sobre las bienhechurías construidas en un lote de terreno secano, que forma parte integrante de mayor extensión de la antigua Hacienda Agua Negra o Sangüino, identificado con el número de Catastro 18-06-09-29-0-00-00, ubicado en el Sector Iberoamericano, a la altura del kilómetro 14 de la carretera que conduce desde la ciudad de Caracas a la población de El Junquito, Municipio Libertador del Distrito Capital, con las características de construcción, medidas, linderos y disposición debidamente descritas en el escrito que dio inicio a las presentes actuaciones, cursante a los folios dos (2) con su vuelto y tres (3). El lote de terr.....