Se dicto sentencia definitiva meidnate la cual , este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio interpuesta.
En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos ALEJANDRO ERNESTO TIRADO y BELKIS DEL VALLE GOMEZ, el 28 de diciembre de 1990, en la Jefatura Civil del Municipio Autónomo Sucre del Estado Miranda, asentado bajo el Acta número novecientos treinta y ocho (Nº 938), en los libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por ese Despacho durante el año 1990.
De conformidad a lo previsto en el artículo 506 del Código Civil, en concordancia con el artículo 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil, se ordena librar oficios al Registrador Civil de la Parroquia Petare, Municipio Sucre del Estado Miranda y al Registrador Principal Civil del Estado Mira.....