En consecuencia, analizadas las actas contentivas de las declaraciones de los testigos promovidos, así como los documentos consignados, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal declara las presentes actuaciones, TITULO SUFICIENTE PARA ACREDITAR EL CARÁCTER DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de CARMEN AZUCENA CAMPOS DE QUIROZ, antes identificada, a favor de los ciudadanos OLGA DEL ROSARIO QUIROZ CAMPOS, ZULLY BELEN QUIROZ CAMPOS, MARIA DEL CARMEN QUIROZ CAMPOS, JEANETTE AZUCENA QUIROZ DE CHIRINOS, MARCOS EDUARDO QUIROZ CAMPOS, JAIRO ALFONSO QUIROZ CAMPOS, MANUEL OSWALDO QUIROZ CAMPOS y ALIRIO ANTONIO QUIROZ CAMPOS, antes identificados, en su carácter de hijos de su causante.