-III-
PARTE DISPOSITIVA
En mérito a los anteriores razonamientos, este JUZGADO QUINTO DE MUNCIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, da por consumado el desistimiento en el presente juicio, formulado en fecha 04 de noviembre de 2010, por el ciudadano LUIS GARCIA, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 67.985, actuando en su carácter de apoderado judicial del BANCO NACIONAL DE CRÉDITO, C.A. BANCO UNIVERSAL, parte actora en el juicio que, por COBRO DE BOLIVARES, sigue en contra de la empresa CORPORACION LATINO, C.A. y la ciudadana SANDRA LILIANA RIVERA LIZCANO, todos suficientemente identificados en el texto del presente fallo, dándole carácter de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.-
Asimismo, conforme a lo solicitado por la representación judicial.....