-III-
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana¬ de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara, CON LUGAR la demanda que por Desalojo, incoara los ciudadanos BRENDA MEZA CACHAZO, YUREIMA MEZA CACHAZO y RAFAEL MEZA contra SHEYLA MEZA CACHAZO.
En consecuencia, se condeno a la parte demandada:
PRIMERO: A entregar a la parte actora el inmueble constituido por un apartamento situado en el edificio "CENTRO PERU", Torre B, piso 13, apartamento 134, avenida Francisco de Miranda con la calle Elice, Chacao, Municipio Chacao del Estado Miranda, libre de bienes y personas y en el mismo estado en que fue arrendado.
SEGUNDO: A exhibir todos los comprobantes, recibos, documentos y solvencias que justifiquen el pago de los servicios públicos tales como, luz eléctrica, aseo urbano, y teléfono prestados al inmueble arrendado conforme lo establece la cláusula .....