PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, sigue la sociedad de comercio RECUPERADORA FERPAL, C.A., en contra de la ciudadana LUCIA DEL CARMEN ACEVEDO DE PEZZOLI; todos identificados en autos; en consecuencia, se declara resuelto el contrato celebrado en fecha 28 de noviembre de 1990 entre AGENCIA FERRER PALACIOS, C.A., y LUCIA DEL CARMEN ACEVEDO DE PEZZOLI.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a la entrega real, material y efectiva a la parte actora del inmueble objeto de litis, libre de bienes muebles y de personas el cual se identifica a continuación: "LOCAL PLANTA BAJA CON DOS (02) MEZZANINAS "A" Y "B" INTERNAS, EDIFICIO "VALERA", UBICADO EN EL CALLEJÓN VALERA, URBANIZACIÓN LOS CLAVELES, PUENTE HIERRO, PARROQUIA SANTA ROSALIA."
TERCERO: Se condena al demandado al pago de las costas, por haber sido vencido en la litis, de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Déjese copia certificada d.....