En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR la demanda que por Resolución de Contrato incoara el ciudadano JUAN VASQUEZ GUEVARA, en contra de la ciudadana RAIZA MERCEDES CARPIO, plenamente identificados en el encabezamiento de esta decisión, y se declara resuelto el contrato de arrendamiento que suscribieron en fecha 02 de Abril de 2005. En consecuencia se condena a la parte de mandada a.
1.- Entregar sin plazo alguno y en el mismo buen estado en que recibió el apartamento distinguido con el Nº 403, planta cuarta del Edificio "LOURDES", Nº 188, Catastro Nº 1032, ubicado en la Calle Real de Altavista, Manzana G, del Plano de Parcelamiento Altavista, Catia, en Jurisdicción de la Parroquia Sucre del Municipio Libertador del Distrito Capital, totalmente desocupado de bienes, personas, cosas y en el mismo buen estado de aseo y conservación como lo recib.....