Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Décimo Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO incoara BFC BANCO FONDO COMÚN, C.A. BANCO UNIVERSAL, en contra del ciudadano ARMANDO ALÍ AZAN GUTIÉRREZ, partes ya identificadas en este fallo, y decide así:
PRIMERO: Se declara resuelto el contrato de venta con reserva de dominio suscrito entre la sociedad mercantil AUTOMOTORES ALEMANES, C.A., y el ciudadano ARMANDO ALÍ AZAN GUTIÉRREZ, cedido a BFC BANCO FONDO COMÚN, C.A. BANCO UNIVERSAL, antes identificado, contrato que fuere presentado ante la Notaría Pública Trigésima del Municipio Libertador, Distrito Capital, en fecha 06 de junio de 2007, archivado bajo el N° 690.
SEGUNDO: Se condena al demandado a devolverle a la parte actora el vehículo MARCA:.....