DECISIÓN
Por las motivaciones anteriormente expuestas, este JUZGADO VIGESIMO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se declara con lugar la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DEFUNCIÓN Nº 604, peticionada por la ciudadana NUBIA ELVIRA DURÁN VALERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 5.526.720, actuando en su propio nombre y representación, y en representación de la Sucesión de JUAN RAMÓN DURÁN.
SEGUNDO: Se ORDENA la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DEFUNCIÓN Nº 604, del causante JUAN RAMÓN DURAN, en consecuencia en lo que respecta al Acta de Defunción in comento, donde se lee "...Deja tres hijos de nombres Nelson, adrian y Nubia, mayores de edad..." debe decir "...DEJA SEIS HIJOS DE NOMBRES ROSA GERTRUDIS, HAIDE DESIDERIA, DANIEL ANTONIO, NELSON JAVIER, ADRIAN JOSUE, NUBIA ELVI.....