Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 14 de agosto de 2008 por el abogado JOSE ANGEL RUIZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora contra la sentencia dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 03 de julio de 2008, oída en ambos efectos en fecha 23 de septiembre de 2008. SEGUNDO: CON LUGAR la defensa de prescripción opuesta por la parte demandada en el juicio que por jubilación, siguen los ciudadanos ALBERTO SOTO, ALSELMO MARCANO, ARONA BOADA, BLANCA SANDOVAL, DEIVE UZCATEGUI, EDITH ARMAS, ELIZABETH USECHE, EUCLIDES VENTURA, LUIS OJEDA BASTIDAS,.....