Por las consideraciones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer y en Materia de Reenvío en lo Penal del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
Declara: Inadmisible el recurso de apelación interpuesto en fecha 23 de enero de 2013, por la abogada Jeannette Prieto Cordero, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, matricula Nº 70.864, actuando con el carácter de Defensora Privada del ciudadano Carlos Javier Álvarez, titular de la cédula de identidad N° V-18.315.223, contra la decisión dictada en fecha 04 de febrero de 2014, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas con competencia en delitos de violencia contra la Mujer de este mismo Circuito Judicial y sede, mediante la cual, declaró sin lugar la sol.....