Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones con competencia en delitos de Violencia Contra la Mujer y Reenvío en lo Penal del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas con Competencia en Reenvío en lo Penal, actuando en primera instancia constitucional, impartiendo justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley
Declara inadmisible la acción de amparo constitucional presentada por la ciudadana Amanda Jordán Santana y el ciudadano Rafael Alberto Díaz Rojas, inscrita e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, matriculas Nos. 45.393 y 23.128 respectivamente, defensa privada del ciudadano Marcos Fabricio Reyes Pico, titular de la cedula de identidad N° V-16.877.083, contra la ciudadana Greddis Mayela Pineda, Jueza Quinta de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas con competencia en delitos de Violencia Contra la Mujer de este Circuito Judicial y sede.
Regístrese, .....