Se dictó sentencia que declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCIÓN ha intentado la ciudadana ETELKA VARGA SUAREZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V.-9.240.267, representada por sus apoderadas judiciales, abogadas ESTRELLA RUIZ DE CORRALES y VASYURY VASQUEZ, inscritas en el inpreabogado bajo el número 10.728 y 66.855 respectivamente, en beneficio de su hijo, el adolescente (SE OMITEN DATOS CONFORME AL ART. 65 DE LA LOPNNA), contra el ciudadano MANUEL EDUARDO ARANGUREN ARANGUREN, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V.-5.967.416, debidamente asistido por la Abg. GLADY ESTRELLA RAVELL USECHE y JOSE GUTIERREZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 15.221 y 15.681 respectivamente.-