Se MODIFICA LA MEDIDA DE PROTECCIÓN CONSISTENTE EN LA COLOCACIÓN EN ENTIDAD DE ATENCIÓN a COLOCACIÓN FAMILIAR de las hermanas SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, de doce (12) y trece (13) años de edad, respectivamente, a ejecutarse en el hogar de la tía paterna ciudadana BENILDE LOPEZ, titular de la cédula de Identidad N° V-13.865.653, domiciliada en la Urbanización La Limonera, torre 6-10, piso 2, apartamento 16, Baruta por lo que las hermanas SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, deberán permanecer con su tía paterna, quedando entendida la responsabilidad de crianza, de conformidad con lo establecido en el artículo 358 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por lo que se acuerda oficiar a la Entidad de Atención "Mariposas del Waraira" a los fines de indicarle sobre el egreso de las adolescentes y se sirvan realizar el Informe de Seguimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 401-B de la Ley en comento.