se dictó resolución en la cual se declara CON LUGAR la solicitud de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA COBRAR presentada por la ciudadana IRAILYS ALEJANDRA GARCIA CARVALLO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-11.558.743, debidamente asistida por el abogado ASTRID ANDARA, en su carácter de Defensora Pública Décima Cuarta (14°) de Protección, en beneficio de sus hijos, de doce (12) y cuatro (04) años de edad, respectivamente, por ser los mismos beneficiarios del De Cujus JOSE FREDDY ROJAS CAMACHO, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.961.988, tal como se evidencia del Justificativo de Únicos y Universales Herederos expedido por el Tribunal (7°) de éste Circuito Judicial, en fecha 17/12/2013; todo lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 513 de la LOPNNA