Se DECLARA la CONVERSION de la SEPARACIÓN DE CUERPOS en DIVORCIO, presentada por los ciudadanos ROBERT PAUL BARRETO ALFONZO y ARTUDEY JOSÉ ACHIQUE MARTÍNEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V.-16.558.201 y V.-18.143.415 respectivamente, conforme a lo previsto en el último aparte del artículo 185 del Código Civil; y en virtud de ello, se DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los prenombrados ciudadanos, contraído en fecha 19 de Mayo de 2005, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Altagracia, según acta N° 09, folio 09, de la misma data y ASÍ SE DECLARA. En relación a las Instituciones Familiares, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, HOMOLOGA dichos acuerdos y ASI SE DECIDE.-
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Dada, Firmada y Sellada en el despacho del TRIBUNAL DÉCIMO CUARTO (14) DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIAC.....