Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
Primero: Con lugar la solicitud formulada por la ciudadana Petra Miguelina Ovalles de Flores, plenamente identificada en autos, de rectificación del acta de la partida de defunción del fallecido Manuel Guillermo Flores Díaz, inserta en fecha 27 de julio de 1998, con el nº 448 del libro de Registro Civil de Defunciones llevado por el Registro Civil de la Parroquia El Recreo, Municipio Libertador del Distrito Capital.
Segundo: Se ordena rectificar el error cometido en los términos siguientes: donde se lee casado con la ciudadana "Aura Contreras", debe leerse: casado con "Petra Miguelina Ovalles Sosa. Es decir, la corrección radica en cambiar el nombre de quien figura como cónyuge, Aura Contreras, por el de Petra .....