-PRIMERO: Se declara consumada LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la pretensión que por COBRO DE BOLÍVARES incoara la SOCIEDAD FINANCIERA MERCANTIL C.A., BANCO UNIVERSAL, en contra de la Sociedad Mercantil BEFORE TEXT DE VENEZUELA C.A, en la persona de su Presidente, ciudadano NELSON ESTEBAN CEDEÑO CHINCHILLA, y a éste último en su carácter fiador de la antes referida Sociedad Mercantil, ambos plenamente identificados en el presente fallo.
-SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior y de conformidad con lo previsto en el artículo 270 del Código de Procedimiento Civil, se declara EXTINGUIDO el proceso, con el expreso señalamiento a la parte actora que para volver a proponer la acción que nos ocupa, deberá dejar transcurrir íntegramente el lapso previsto en el artículo 271 ejusdem.
-TERCERO: No se hace especial condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo, ello de conformidad en lo previsto en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.