- III -
DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Vigésimo Segundo (22º) de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundamentado en el artículo 185 del Código Civil, concatenado con la sentencia Nº 446 y 693, dictada en fechas quince (15) de mayo del año 2014; y dos (02) de junio del año 2015, por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presentada por YANETH ROMERO CERDA y CARLOS ALFREDO CARREÑO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros V-11.680.378 y V-6.433.972, respectivamente.
SEGUNDO: En consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por los cónyuges, YANETH ROMERO CERDA y CARLOS ALFREDO CARREÑO, venezolanos, mayores de edad, de este domic.....