DECISIÓN
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Vigésimo Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PRIMERO: INADMISIBLE la demanda presentada por el ciudadano JAIME JOSE RAMOS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-5.913.878, contra la JUNTA DE CONDOMINIO Y ADMINISTRACION DEL EDIFICIO RESIDENCIAS ANDURIÑA 6 DE LA URBANIZACION MIRANDA.
SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo no hay especial condenatoria en costas.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Vigésimo Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela. En Caracas, a los .....