DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el Abogado JORGE LUIS MARIN BECERRA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.) bajo el Nro. 143.533, en su carácter de apoderada judicial del accionante ALEXIS JOSÉ NOGUERA, identificado en autos, contra la decisión Interlocutoria con Fuerza Definitiva de fecha 23 de Noviembre del año 2022, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de ésta Circunscripción Judicial del Estado Lara, en la cual declaró la perención de la instancia anual de la causa, ratificándose en consecuencia la misma.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por establecido expresamente el artículo 283 del Código de Procedimi.....