PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por los abogados MANUEL SALAS ARANGUREN, YUSULIMAN VINDIGNI y KATHERINE VALERA GARCÍA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidades Nos. V- 11.461.531, V- 12.991.412 y V- 17.855.448, abogados en ejercicio, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 67.084, 87.266 y 213.257, respectivamente, quienes actúan como apoderados judiciales del ciudadano JHON EDWARD HOOVER, extranjero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E- 966.612, contra el auto de fecha 28 de noviembre de 2025, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual fue negada la solicitud de revocatoria por contrario imperio del auto dictado de fecha 24 de noviembre de 2025, por el tribunal a quo, así como la apelación ejercida subsidiariamente contra dicho auto, que acordó la .....