declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 12 de enero de 2026, por el abogado RANDDY SIBADA CASTILLO, actuando en su carácter de defensor judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada en fecha 18 de diciembre de 2025, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda de COBRO EN MONEDA EXTRANJERA, incoada por las ciudadanas MARÍA FERNANDA GARCÍA CARNEIRO y MARÍA ALEJANDRA GARCÍA CARNEIRO, en contra de la sociedad mercantil CONSTRUCIONES Y PROYECTOS WILJU, C.A., ampliamente identificados en el encabezamiento del presente fallo; y, en consecuencia, SE CONDENA a la parte demandada al pago de: 1) la cantidad de TREINTA Y SIETE MILLONES DE DÓLARES AMERICANOS ($.37.000.000,00) o su equivalente en moneda nacional, conforme a lo previsto en el artículo 128 de la Ley del Banco Central de Venezuela, los cuales deberán calcularse c.....